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La Jornada en el Congreso marca las bases de una ordenación justa y necesaria para las y los profesionales del deporte. ¡Conoce las conclusiones!



LA JORNADA EN EL CONGRESO MARCA LAS BASES DE UNA ORDENACIÓN JUSTA Y NECESARIA PARA LAS Y LOS PROFESIONALES DEL DEPORTE. ¡CONOCE LAS CONCLUSIONES!


En el marco de dicha jornada, la presidenta del COLEF Canarias, Dra. Eva Navarro Navarro, quien además desempeña el cargo de interventora en el Consejo COLEF, participó activamente en la mesa 2. Durante su intervención, destacó la relevancia de una adecuada ordenación profesional, subrayando la necesidad de diferenciar claramente las competencias asignadas a cada titulación. Su exposición puso énfasis en cómo esta delimitación contribuye no solo al fortalecimiento de la profesión, sino también a garantizar una mayor calidad en los servicios ofrecidos en el ámbito de la actividad física y el deporte.


 

Finalizada la jornada ‘Hacia una Ley de Ordenación de Profesionales del Deporte’, celebrada el 16 de diciembre de 2024 en la Sala Clara Campoamor del Congreso de los Diputados, es necesario detenernos para reflexionar sobre las conclusiones que se han puesto sobre la mesa y las perspectivas que se abren a partir de aquí. El objetivo principal de esta jornada se ha cumplido: consolidar un espacio de diálogo entre los diferentes actores del sector deportivo, con el propósito de avanzar hacia una ley estatal que proteja a la ciudadanía y que responda a la situación real del sistema formativo y los profesionales que se egresan de él.

 



La apertura institucional contó con el Excmo. Sr. Pedro Guillermo Hita Téllez, presidente de la Comisión de Educación, Formación Profesional y Deportes del Congreso de los Diputados, y a continuación el Dr. Vicente Gambau i Pinasa, presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (Consejo COLEF), impartió la ponencia ‘Ordenación de la Educación Física y Deportiva: una reivindicación histórica basada en el interés general’. Esta intervención contextualizó los aspectos más relevantes para comprender la trascendencia de esta futura Ley y la oportunidad histórica que representa la elaboración de esta Ley.


 


El Dr. Gambau subrayó que la regulación es necesaria por razones de interés general, incluyendo la protección de la salud, la seguridad y la mejora de la calidad de los servicios deportivos. Además, entre sus beneficios destacan la profesionalización del sector, la generación de confianza en las personas consumidoras y usuarias, el impulso económico y la mejora de la calidad del empleo. Es decir, se trata de elevar los estándares de calidad del sector deportivo, consolidando una industria más profesional, ética y transparente. En concreto, la propuesta del presidente del Consejo COLEF parte de que la regulación que emprenda el Estado se limite a su competencia exclusiva, la de regular las profesiones tituladas y colegiadas, que en este caso se circunscribe a lo mandatado en el segundo párrafo de la disposición final 6ª de la Ley del Deporte de 2022: regular a las educadoras y educadores físico deportivos, estableciendo una reserva de actividad para las graduadas y graduados en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte en áreas como la docencia de la Educación Física escolar, la preparación física y la dirección técnica deportiva.


 


En la MESA 1: BASES JURÍDICAS PARA EL MODELO DE LEY, se pusieron de relieve varios aspectos fundamentales, desde la justificación jurídica de esta regulación, hasta los límites competenciales que debería tener en cuenta esta norma, más aún teniendo en cuenta la situación autonómica de partida. A continuación enumeramos varias de las cuestiones que pusieron sobre la mesa D. Miguel Ángel Vaquero (presidente de la AEDD), D. Borja Osés (asesor de ADESP), el Dr. Alberto Palomar (socio de Broseta Abogados) y el Dr. Julián Espartero (profesor titular de la Universidad de León).


  1. La teoría del riesgo aceptado no aplica a los servicios deportivos donde hay profesionales que han de ejercer el deber de cuidado, por lo que procede que se extremen las cautelas y se establezcan requisitos para su prestación.

  2. Existe jurisprudencia constitucional que avala el interés general de la ordenación de la profesión de las educadoras y educadores físico deportivos, por motivos de salud pública, seguridad y protección de la integridad física.

  3. Las titulaciones universitarias superiores (Licenciaturas/Grados) requieren una definición del marco competencial.

  4. En el deporte, el modelo académico ha establecido un mapa de titulaciones que requieren una dotación competencial.

  5. Las CCAA no tienen competencias para regular profesiones tituladas, solo regulan actividades profesionales. El Tribunal Constitucional lo ha aclarado en reiteradas ocasiones.

  6. La regulación del espacio profesional por parte de las CCAA ha surgido ante la desidia del Estado.

  7. Es muy complicado establecer una ley de armonización que regule todo el espacio profesional. Una ley estatal en este sentido puede generar un conflicto competencial con las actuales 10 leyes autonómicas (Catalunya, La Rioja, Extremadura, Andalucía, Madrid, R. de Murcia, Castilla y León, Navarra, País Vasco y Valencia).

  8. A pesar de que la normativa de las CCAA está supeditada a la estatal en materia de profesiones tituladas, si la Ley estatal solamente regula el espacio de las educadoras y educadores físico deportivos, será sencilla la adaptación de las leyes autonómicas.

  9. Es previsible que la nueva ordenación estatal establezca un problema de denominación de actividades y profesiones con la normativa de las CCAA, por lo que requerirá un periodo para la adaptación.

  10. La Ley no debe regular profesiones vinculadas como socorrismo, profesorado universitario, gestión deportiva, etc.

 



La MESA 2: LAS CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE, introdujo en el debate que no es lógico que una persona con un nivel de cualificación 4 MECES (por ejemplo, FP de Grado Medio) realice las mismas funciones que una persona con un nivel de cualificación 6 MECES (grado universitario). Los contenidos y las horas formativas distan bastante entre un certificado de profesionalidad, una  Formación Profesional, una enseñanza deportiva de régimen especial y el Grado universitario, por lo que las competencias no pueden ser las mismas. Es decir, debe existir diferenciación entre las competencias asignadas a cada titulación, dado que cada titulación, además, tiene un nivel de cualificación. 


Es precisamente en las competencias y los resultados de aprendizaje del Grado donde el Foro Profesional de las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte justifica la reserva de actividad para las educadoras y educadores físico deportivos. El Dr. Fernando del Villar (presidente de la Conferencia Española de Centros Universitarios en CAFyD), la Dra. Eva Mª Navarro (interventora del Consejo COLEF), el Dr. Tomás García (presidente de la AECD) y Carlos González (presidente de ANECAFYDE) consideran que la Ley estatal debe ratificar las competencias de la Resolución del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de 2018 (BOE-A-2018-12774), que están estrechamente vinculadas con las actividades profesionales que más necesitan apoyarse en la evidencia científica para la toma de decisiones. Es decir, que las reservas de actividad para las educadoras y educadores físico deportivos deberían ser tres: docencia de la Educación Física escolar, dirección técnica deportiva y preparación física. Ésta última en las especialidades de rendimiento, sociosanitario, de readaptación físico-deportiva y de inclusión social.


 



Abundando en las competencias Estado-CCAA, en la MESA 3: ¿COORDINAR O ARMONIZAR? LA PERSPECTIVA DE LAS CCAA, se subrayó que la Ley estatal debe respetar el trabajo realizado, así como las sensibilidades y la realidad de cada territorio, especialmente el Ilmo. Sr. Abel García Marín (Secretari General d’Esports de la Generalitat de Catalunya) y el Ilmo. Sr. Gorka Iturriaga Madariaga (Director de Actividad Física y Deporte del Gobierno Vasco). Por su parte, la Ilma. Sra. María de la O Rus Rufino (Directora General de Sistemas y Valores del Deporte de la Junta de Andalucía) y el Ilmo. Sr. Enrique Sánchez-Guijo Acevedo (Director General de Deportes de Castilla y León) subrayaron que la disposición final sexta de la Ley de Deporte de 2022 debería ser la guía para desarrollar la iniciativa legislativa. Para la Ilma. Sra. Manuela Eleazar Fdez. Ena (Directora General de Deporte del Gobierno del Principado de Asturias) esta Ley estatal puede ser una oportunidad para que CCAA como la suya, que todavía no han regulado el ejercicio profesional en el deporte, puedan dar ese paso sin incertidumbre sobre el límite competencial.


A este respecto, merece la pena destacar una de las intervenciones realizadas en la última mesa por D. Fernando Paris (presidente de FAGDE), que propuso que para que las profesiones no tituladas contasen con un marco estatal, éste podría derivarse de un acuerdo de la Conferencia Sectorial del Deporte, el cual pueda servir de guía y de herramienta de coordinación entre las CCAA.


 



En la MESA 4: DIÁLOGO SOCIAL, PARTE I – EMPLEADORES, cada entidad expresó sus preocupaciones con respecto a la futura Ley y expusieron sus consideraciones sobre hasta dónde debería llegar la norma, que puede resumirse en lo siguiente:

  • La Asociación Nacional de Empresarios de Turismo Activo y Ecoturismo (ANETAE), representada a través de su vicepresidente, D. Raúl Temprano, ruega que en el ámbito estatal se les tenga en cuenta, y que esta Ley pueda representar una oportunidad para solucionar determinados problemas que están arrastrando e identificando.

  • La Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Deportivas (FNEID), representada a través de su gerente, D. Alberto García, está a favor de una regulación estatal, pero donde todas las vías de acceso sean válidas, desde certificados de profesionalidad, pasando por títulos de Formación Profesional hasta títulos universitarios.

  • Desde la Asociación Española de Empresarios de Servicios Deportivos a las Administraciones Públicas (AEESDAP), representada a través de su presidente, D. Javier Blanco, considera que la Ley estatal de ordenación puede representar una oportunidad, puede ayudar a mejorar las condiciones económicas y laborales de los convenios colectivos del sector y a mejorar la calidad de los servicios prestados, siempre y cuando se tengan en cuenta las necesidades y sensibilidades del amplio espectro deportivo, desde el ámbito del fitness, pasando por el ocio y la recreación, e incluyendo al ámbito federativo.

  • La Asociación del Deporte Español (ADESP), representada a través de su director gerente, D. Fabián Quesada, considera que una hipotética  reserva de actividad de educadoras y educadores  físico deportivos, en la dirección de una modalidad deportiva, podría suponer una amenaza para el personal ya existente en las estructuras federativas.

  • La Conferencia de Uniones de Federaciones Autonómicas Deportivas (CUFADE), representada a través de Dña. Isabel Pérez, considera que la ordenación y la reserva de actividad representan una oportunidad siempre y cuando no colisionen con la actividad desarrollada por las CCAA.


 




Por último, la MESA 5: DIÁLOGO SOCIAL, PARTE II – LA VOZ DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES, formada por D. Fernando Paris (presidente de FAGDE), D. Samuel Cañizares (delegado sindical de CDM de Madrid de CSIF), Dña. Nuria de Frutos (responsable de deporte e igualdad de FSC-CCOO), y D. Jorge Rodríguez (responsable de deportes de FeSMC-UGT) subrayaron que esta Ley es necesaria, pero que nadie se debe quedar atrás. Por eso, es muy importante cómo se va a configurar el sistema de habilitaciones, que debe cuidarse especialmente.


También en esta mesa se puso en valor que la regulación debe ser proporcional con el sistema de formación. En concreto, se indicó que la dirección técnica deportiva es una de las actividades que deben reservarse a las educadoras y educadores físico deportivos, especialmente para la gestión de la carga de trabajo de instructores y monitores. Por último, se hizo alusión a que la Ley estatal podrá impulsar una adaptación de las categorías profesionales de los convenios colectivos, que pueda mejorar la identificación y las funciones de los puestos de trabajo.



En conjunto, esta jornada ha permitido identificar las principales demandas del colectivo profesional de las educadoras y educadores físico deportivos, las preocupaciones de los actores del sector del deporte, así como los retos y oportunidades asociados a la elaboración de una Ley que contribuiría de manera decidida a impulsar y ordenar la prestación de servicios deportivos.


 



 

Cuantas más personas estemos colegiadas, más se escucharán nuestras voces.

Es tu responsabilidad, es tu compromiso con la profesión y la sociedad.

Si todavía no te has colegiado, puedes hacerlo de forma fácil y sencilla a través de la



 Fuente: Consejo COLEF




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